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El 100% de las reclamaciones judiciales de devolución por el Impuesto de Plusvalía necesitarán una tasación pericial de la disminución del valor

Los expertos que han participado en el curso La tasación pericial en las reclamaciones del Impuesto de Plusvalía, organizado por el Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria (COAPI) de Madrid, coinciden en que para obtener la nulidad de las liquidaciones del impuesto y la devolución, los tribunales pedirán informes periciales porque no es suficiente prueba los valores reflejados en las escrituras

Madrid, 20 de Junio de 2017.- Los expertos que han participado en el curso La tasación pericial en las reclamaciones del Impuesto de Plusvalía, organizado por el Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria (COAPI) de Madrid, advierten que para conseguir la devolución de lo pagado por la Plusvalía será necesario aportar una tasación pericial acreditativa de la no revalorización de los terrenos y de la pérdida del valor del bien en el momento de la transmisión. El motivo es que para muchos tribunales el precio reflejado en las escrituras de adquisición y venta no es prueba objetiva y suficiente del valor real del terreno.

Francisco Sánchez Ramos de Castro, arquitecto, estima que en “todas las reclamaciones judiciales que se planteen para solicitar la devolución del importe de la Plusvalía necesitarán un informe pericial que determine que se ha producido una pérdida económica entre la fecha de adquisición y la de venta”.

En este sentido, ha recordado que desde 2009 a 2014 se produjo una disminución continuada en los precios de la vivienda, por lo que las operaciones de transmisión realizadas en ese lapso de tiempo serán susceptibles de plantear “la devolución” de la Plusvalía. Porque lo habitual, ha explicado, es que el valor catastral -parámetro que determina la base imponible-, o bien se ha mantenido constante en el tiempo o ha subido por haberse realizado las revisiones correspondientes.

La sentencia del Tribunal Constitucional que se conoció este mes de mayo, y que anula ciertos puntos de la legislación estatal de Haciendas Locales referida al Impuesto de Plusvalía únicamente en la medida que somete a tributación situaciones de inexistencia de incrementos de valor, ha provocado que los particulares estén empezando a reclamar la devolución a los ayuntamientos.

En este mismo sentido, José Merino, abogado, ha precisado que “en la gran mayoría de las reclamaciones en que se solicite la devolución del Impuesto de Plusvalía será necesario un informe pericial porque los tribunales no están aceptando que sea prueba suficiente de la disminución del valor del terreno los importes reflejados en las escrituras de adquisición y transmisión”. “La tasación realizada por profesionales que habitualmente colaboran con los tribunales como peritos, será clave para ir cerrando motivos de denegación a las entidades locales”, ha apuntado.

Sobre el Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria (COAPI) de Madrid
El Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria (COAPI) de Madrid tiene colegiación voluntaria y sus colegiados están repartidos por toda la Comunidad de Madrid. Es una corporación de Derecho Público constituida como órgano de los API de Madrid.

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