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¿Cuál es el mejor momento para cambiar de gestoría?

 

El cambio dependerá del tipo de negocio y su ciclo contable

 

MiGestoriaOnlineMadrid, diciembre de 2014.- Tanto los emprendedores que inician su camino como los empresarios con más experiencia comienzan a hacer balance del año 2014. Entre otras tareas, toca revisar las facturas y comparar para seguir con los mismos proveedores o buscar otros más competitivos. Las nuevas tecnologías y la crisis han cambiado el panorama empresarial dentro del territorio español en muchísimos aspectos.

Uno de los gastos a revisar es la gestoría. El sector de la gestión y el asesoramiento empresarial, en el que tradicionalmente el cliente no suele mirar a la competencia por estar sujeto al dicho: “me lo llevan desde toda la vida”; se ha transformado. Aplicaciones y portales online ofrecen el mismo servicio, con grandes beneficios y a un precio más bajo. Y ahora… ¡cada céntimo cuenta!

El 98% de las empresas españolas de 10 o más empleados dispone de conexión a Internet, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), por lo que muchos procesos se han digitalizado. Así que las herramientas online a bajo coste, como Migestoriaonline.es, se han convertido en una buena alternativa para ahorrar.

Entre otras mejoras, la Era Digital ha permitido las comunicaciones entre las gestorías-asesorías y Hacienda, obligando a que todo sea a través de Internet. Esta digitalización ha hecho que cualquier persona con un negocio pueda ser gestionada por una asesoría que se encuentre en otra provincia o municipio. Esto aumenta la oferta en el sector, lo que hace al cliente replantearse el cambio con el fin de mejorar la eficiencia en la gestión y el precio de las cuotas.

Pero… ¿Cuál es el momento idóneo para cambiar de gestoría? ¿Podemos hacerlo a primeros de año? Según los expertos de Migestoriaonline.es dependerá del tipo de negocio:

Autónomos

El mejor momento sin duda será el 1 de enero, ya que al coincidir con el cambio de ciclo contable no necesita prácticamente nada del pasado como sí ocurre en las Sociedades Limitadas. Lo único a tener en cuenta sería el IVA a compensar en caso de tener disponible y que éste no haya sido solicitado a devolver.

Sociedades Limitadas

Al igual que con los autónomos cambia el ciclo contable y solo se necesita la información del IVA a compensar. Sin embargo la presentación de cuentas del año anterior se realiza entre enero y julio (legalización de libros, depósito de cuentas e impuesto de sociedades), por lo tanto aquí tenemos dos opciones:

  • 1 de enero: en caso de que la gestoría anterior se encargue de presentar las cuentas del ciclo contable pasado ya que tiene todos los datos registrados. O si este trabajo se le encarga también a la nueva con su coste añadido.
  • 1 de agosto: para que la primera gestoría se encargue totalmente del pasado ciclo y gestione el primer semestre.

No obstante, cada empresa tiene sus situaciones particulares que deben ser analizadas y estudiadas para poder hacer el cambio de gestor.

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