INBLAC analiza el impacto de la nueva ley de protección de los denunciantes sobre la prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo Derecho marzo 22, 2023marzo 25, 2023 El lunes 13 de marzo entrará en vigor una nueva ley que obliga a las empresas de más de 50 empleados a contar con un canal de denuncias y, sobre todo, a gestionar todas las comunicaciones que reciban por esa vía, lo que en muchos casos supondrá un incremento de costes y responsabilidades. Así lo recoge la Ley 2/2023, que afectará a las más de 25.000 compañías de este tipo en España y que contaran con de tres a seis meses dependiendo de su tamaño para cumplirla. La Junta Directiva del Instituto de Expertos en Prevención del Blanqueo de Capitales (INBLAC) se ha reunido recientemente en Barcelona para celebrar el décimo aniversario de su fundación y analizar el impacto que esta normativa va a tener en las empresas y administraciones públicas sujetas a la prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo “Si bien los sujetos obligados a la Prevención del Blanqueo ya teníamos la obligación de disponer de un canal de denuncias, esta ley es toda una innovación porque regula detalladamente el modo de gestionarlos y, sobre todo, porque establece un completo sistema de protección para las personas que denuncian”, explica Francisco Bonatti, presidente del Instituto de Expertos Externos en Prevención del Blanqueo de Capitales
1.500.000€ exonerados: el caso de Ana, una Administradora que consigue librarse de sus deudas gracias a AdiósAMisDeudas Derecho febrero 19, 2020 La Ley de la Segunda Oportunidad es un procedimiento aprobado en 2015 a nivel estatal, y que viene regulado en la Ley Concursal, que permite a personas naturales que se encuentran en una situación de insolvencia y que no pueden hacer frente regularmente a sus obligaciones exigibles, conseguir la exoneración de dichas deudas. Este procedimiento ha sido el que ha permitido a Ana exonerar un millón y medio de euros de deuda. Ana fue administradora de una empresa que se dedicaba a la promoción y compraventa de bienes inmuebles. A raíz de la crisis, Ana se vio obligada a renegociar todas las deudas que su empresa había contraído, básicamente con entidades bancarias, las cuales, únicamente accedieron a ello a cambio de conseguir su aval personal al ser esta administradora única de dicha mercantil. Lamentablemente, la crisis que azotó este sector comportó finalmente la imposibilidad de la empresa de poder afrontar sus obligaciones (préstamos) con sus acreedores y, por tanto, con la obligación por parte de su administradora de solicitar el concurso de acreedores de la Sociedad. Ana, en aquellos momentos, avalaba personalmente casi la totalidad de las deudas contraídas por la empresa y que sumaban un total aproximado de 1.500.000€ y que, evidentemente, no