Estas aqui
Home > Empresas > CLAVES LEGALES PARA GARANTIZAR LA CONTINUIDAD DE PYMES Y AUTÓNOMOS

CLAVES LEGALES PARA GARANTIZAR LA CONTINUIDAD DE PYMES Y AUTÓNOMOS

IURE Abogados y CEAT -Federación Intersectorial de Asociaciones de Autónomos de la Comunidad de Madrid- han organizado una Jornada en la sede de CEIM, donde analizaron los aspectos clave para mejorar los proyectos empresariales, y debatieron sobre los pasos que deben seguir las empresas para superar situaciones de crisis.

Miguel Ángel Rivero García, presidente de CEAT, junto a Carlos Pavón, socio director de IURE Abogados, impartieron la conferencia “Mecanismos legales para garantizar la continuidad de la actividad de PYMES y autónomos en dificultades”. Cómo debe estructurarse una sociedad, para que la responsabilidad del empresario sea limitada y sólo responda con el capital o los bienes adquiridos en la empresa, en caso de crisis, fue el eje de dicha ponencia.

Según los expertos, las diferentes actividades de una compañía se tendrían que dividir en sociedades distintas, existiendo una sociedad matriz que aglutinara el patrimonio. Desde el punto de vista tributario, estas sociedades tendrían que funcionar de forma independiente y la relación entre ellas (alquileres de espacios, servicios prestados,…) se facturaría a precios de mercado, evitando de esta forma cualquier incumplimiento fiscal con la Administración Pública.

Pavón clasificó las opciones que puede tomar una empresa en dificultades en: Negociación con los Acreedores, Mediación Concursal y Concurso de Acreedores. Sobre éste último hizo un simil comparándolo con la entrada en quirófano, si antes no se han tomado medidas paliativas, pues en la sala de operaciones se ejecuta si hay convenio o la liquidación de la compañía, dado que la decisión acerca de cómo afrontar la situación de crisis debe realizarse con carácter previo.

Por ello, antes de estas opciones, se debe realizar un profundo análisis de la situación económica de la empresa, pero no únicamente con los datos que refleja el Balance de Situación y la Cuenta de Pérdidas y Ganancias, sino con las rentabilidades que ofrecen las diferentes unidades de negocio; de tal forma, que aquellas actividades de las que se obtengan beneficios, sean conservadas e impulsadas a través de mecanismos específicos que lo permiten, mientras que las que sean un lastre será necesario eliminarlas, para el saneamiento integral de la compañía mediante un Plan de Viabilidad.

En esta Jornada se abordó la práctica de la Ley de Segunda Oportunidad que ofrece, a las personas físicas que no pueden hacer frente a sus deudas, la posibilidad de someterse a un procedimiento para la condonación de las mismas, permitiéndoles cancelar su endeudamiento y disponer libremente de sus ingresos futuros. Esta Ley beneficia, entre otros, a aquellos particulares que avalaron deuda de su empresa y ésta ha quebrado o se encuentra en situación crítica, de tal forma que no pueden afrontar sus obligaciones de pago y se ven ahogados por las reclamaciones de sus acreedores.

Para Carlos Pavón, “la vía para conseguir la remisión o el perdón de dichas deudas es la mediación concursal. Esta figura se ha creado para que el mediador impulse un acuerdo entre el deudor y sus acreedores en condiciones realistas, conforme a la situación del deudor, conteniendo por tanto importantes quitas y esperas de la deuda. Si dichos acuerdos de quitas y esperas no se llegan a aprobar por los acreedores, se inicia el correspondiente proceso concursal o de Segunda Oportunidad que conllevará la remisión del endeudamiento ordinario, a través de la figura jurídica del beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho”.

Top