AMA condenada por el fallecimiento de una paciente a consecuencia de una negligencia en el Instituto Proctológico Dr. Padrón Es noticia Quien es Quien diciembre 1, 2021diciembre 10, 2021 El Juzgado de primera instancia número 5 de Madrid, en sentencia de ocho de enero de 2021, condenó AMA Agrupación Mutual Aseguradora, a indemnizar a los familiares de una paciente fallecida por una concatenación de negligencias médicas acontecidas en el Instituto Proctológico Dr. Padrón de las Palmas de Gran Canaria. La sentencia fue recurrida por la parte condenada y, ahora finalmente en octubre de 2021, la Audiencia Provincial de Madrid, ha confirmado la condena en todos sus términos. Los hechos se remontan a 2017, cuando, el 31 de enero, según consta en la propia sentencia, la paciente “acudió al Instituto Proctológico Dr. Padrón para consultar respecto de un dolor anal que venía sufriendo desde hacía una semana. Tras las exploraciones correspondientes se diagnosticó una fisura anal y se le prescribió tratamiento médico conservador, consistente en analgesia, baños de asiento y aplicación de una pomada anestésica y una pomada cicatrizante”. Pasados unos días, al no mejorar, volvió al centro y es entonces cuando se le practicó una esfinterotomía lateral interna con anestesia local que, en la revisión que tuvo lugar el día 16 de febrero, evidenciaba una congestión pellejo hemorroidal por la que volvió a ser intervenida. Sin embargo, lejos de mejorar, el
Juzgado de lo Mercantil pone fin a la batalla legal de pastelería murciana Finanzas Retail Distribución octubre 13, 2021octubre 19, 2021 El pasado mes de junio, mediante sentencia firme dictada por el Juzgado de lo Mercantil nº 13 de Madrid, se puso fin a la batalla legal que existía sobre la propiedad y uso de la marca Pastelería Orange, un establecimiento que es considerado de gran reputación en la región murciana y que estuvo representado en los tribunales por los letrados Javier Iglesias y Alejandro Falcón del despacho Falcón Abogados. La sentencia dictada viene a dar la razón a Don Joaquín Sáez, legítimo sucesor del derecho de la marca “Pastelería Orange” creada en Murcia hace treinta y cinco años por el matrimonio Castro Ramírez (sus suegros). La Pastelería ORANGE, históricamente conocida en Las Águilas, Murcia, ha visto reconocido judicialmente sus derechos de marca frente al infractor demandado, el cual, sin contar con la debida autorización, y amparándose en subterfugios como expresiones compuestas - tales como “RR CONFITERIA ORANJE RAMON MORENO” -, estaba generando una evidente confusión entre el público, que podía pensar que se trataba de la original Pastelería Orange. La sentencia viene a reconocer que la marca que utilizaba el demandado es similar y confundible con la original, siendo el elemento predominante el vocablo “Orange” u “Oranje”. “El hecho de que uno se escriba
SHAM sentenciada a indemnizar con más de 100.000 euros por la deficiente asistencia en el Gregorio Marañón Derecho junio 2, 2021junio 8, 2021 La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado el recurso de apelación de Societe Hospitaliare d’assurances mutuelles (Sham) Sucursal, contra la sentencia de fecha 23 de diciembre de 2020 que condenaba a la demandada al pago de 107.675 euros. Además, según consta en la sentencia, “contra esta resolución no cabe recurso ordinario alguno”. En el proceso, defendido por Atlas Abogados, la viuda e hijos del fallecido solicitaban a la aseguradora una indemnización por el fallecimiento de su marido y padre, respectivamente, provocada por la deficiente asistencia dispensada en el Gregorio Marañón. El fallo hace referencia al caso explicando cómo sucedieron los hechos demostrados ya que, “Como refleja el doctor S. en su Informe, existe una relación de causalidad entre la actitud del servicio de cirugía vascular de HGUGM, en concreto entre el abandono del paciente, a quien no se citó nunca para la intervención quirúrgica prevista ya en 26 de noviembre del año 2017 y la evolución expansiva y conocida del Aneurisma aórtico, lo que finalmente conllevó la ruptura del mismo y el fallecimiento en fecha 29-09-18. La expresada afirmación debe entenderse plenamente acreditada en el actual supuesto donde, según la prueba practicada, los médicos que atendían al Sr.
Life abogados consigue en el Supremo que se pueda reclamar a Hacienda sin pasar por la vía administrativa Aseguradoras Derecho julio 9, 2020julio 14, 2020 La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha fallado favorablemente, el pasado mes de junio (sentencia 810/2020, de 18 de junio) a un recurso de casación en materia de extensión de efectos en materia tributaria. El Alto Tribunal reconoce con esta sentencia que no se requiere que el interesado inste la rectificación de la autoliquidación del tributo ante la Administración Tributaria, lo que abre la vía a solicitar la extensión de los efectos de las sentencias ya firmes sin necesitar pasar por la vía administrativa, algo que “supone someter al administrado a unas dilaciones y molestias que no tienen justificación” según el propio Supremo. Frente a los autos dictados por el Tribunal Superior de Justicia denegando la solicitud de extensión de efectos en materia tributaria Life Abogados interpuso un recurso de casación que fue, finalmente, admitido a trámite por el Tribunal Supremo en marzo de este año. En él se solicitaba sentencia que respondiera a “si es necesario presentar, ante la Administración Tributaria, solicitud de rectificación de la autoliquidación presentada con carácter previo a la interposición del incidente de extensión de efectos de sentencia en materia tributaria ante un órgano” y que también “se precise si
TAX Legal Barcelona gana en los juzgados una sentencia pionera en derecho minoritario del accionista Es noticia abril 9, 2018 Se trata de una sentencia pionera en la materia, por la que se acuerda declarar el derecho de un accionista minoritario a salir de la sociedad, comprándole ésta todas sus acciones El pasado 1 de marzo de 2018, el Juzgado de lo Mercantil 9 de Barcelona, dictó sentencia por la que se acordó el derecho del cliente del despacho, accionista minoritario, de separarse de la sociedad, ante la falta de distribución de dividendos, según establece el art. 348 bis de la LSC. El cliente estaba afectado por las conductas abusivas adoptadas por los accionistas mayoritarios, quienes actuaban en interés propio y en detrimento de sus intereses, por lo que poco podía decidir en la sociedad. Ante tal conducta represiva, acudió al despacho de TAX Legal Abogados para que se le asesorase y se defendiesen sus intereses: salir de la sociedad y obligar a ésta a que le comprara sus acciones. El referido art. 348 bis de la LSC permite que los socios/accionistas minoritarios puedan separarse y salir de la sociedad, siempre y cuando ésta no acuerde la distribución de dividendos de, al menos, un tercio de los beneficios sociales que sean legalmente repartible. Lo cual sucedió en nuestro caso. La referida sentencia estimó
El Banco Popular deberá devolver a un ex empleado 50.000 euros de los Bonos Subordinados Análisis Bancos Es noticia noviembre 20, 2017noviembre 22, 2017 La justicia Madrileña se ha puesto al lado de un empleado del Banco Popular que suscribió hasta 50 títulos por valor de 50,000 euros de los que se denominaron en 2009: Bonos Subordinados del banco Popular. Los Bonos del Banco Popular eran un producto convertible en acciones que comenzó a comercializarse en octubre de 2009. La resolución jurídica señala que el contrato contenía un fuerte componente especulativo, y un importante riesgo de pérdida elevada. También indica que el hecho de haber trabajado en el Banco, en la sección de venta de acciones, no lo convierte en experto, ya que las acciones y los bonos no son asimilables. Tal como afirma el letrado que representa a los demandantes, Juan José Ortega, esta sentencia crea un referente importante para aquellas empleados o clientes que adquirieron Bonos o Deuda subordinada del Banco Popular, y que podrían reclamar hasta el año 2020. Ortega y García Abogados con sede en Madrid representa a los afectados por Banco Popular en toda España.